CONTRATOS DE FORMACIÓN

¿Qué es un Contrato de Formación y Aprendizaje?

El contrato de formación es el contrato bonificado que más ventajas puede aportar a la empresa actualmente, destacando el gran ahorro en costes laborales, ya que con este contrato tiene derecho a una reducción del 100%, y no paga Seguros Sociales.

Es una modalidad de contrato laboral, cuyo fin es que el trabajador adquiera la formación profesional específica, teórica y práctica de un oficio en su puesto de trabajo. El nuevo contrato para la formación y aprendizaje que comienza en 2016, solo se puede realizar en modalidad ONLINE y PRESENCIAL

Principales Características

  • Modalidad: Contrato vinculado a una formación teórica en la modalidad presencial o teleformación, que imparte un centro acreditado por el SEPE.
  • Formación oficial: El trabajador que supere la formación obtiene la acreditación de una formación reglada, que se corresponderá con el Certificado de Profesionalidad de la ocupación que desempeña en su puesto.
  • Beneficios para la empresa: Tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y una bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales. Ahora, al ir vinculado a un Certificado de Profesionalidad, la empresa se beneficia también de una bonificación adicional mensual en concepto de tutorización de entre 60 y 80 euros, durante toda la vigencia del contrato.
  • Duración: 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años. Salvo que por Convenio Colectivo se establezca otra, nunca inferior a 6 meses, o superior a 3 años.
  • Periodo de prueba: 2 meses, excepto si en Convenio se especifica otro período.
  • Ocupación: Relacionada directamente con su puesto de trabajo.
  • Jornada: Completa. Del total de la jornada, el 75% será de trabajo efectivo, y el 25% se dedica a formación teórica durante el primer año. Para el 2º y 3er año, será un 85% de trabajo, y 15% de formación.
  • Garantía Juvenil: Este contrato es compatible con la ayuda específica del Sistema de Garantía Juvenil. el importe de los porcentajes anteriores será del 50% y el 25% respectivamente.
  • Salario: Según el Convenio Colectivo. En ningún caso, podrá ser inferior a la proporción de trabajo efectivo sobre el Salario Mínimo Interprofesional. (SMI para el año 2019: 787,50 €).
  • Tutor: El trabajador tendrá asignado un tutor en su mismo centro de trabajo durante toda la vigencia del contrato.

Requisitos para el Trabajador

  • Inscrito en el SEPE (antes INEM) como demandante de empleo.
  • No tener titulación relacionada con el puesto a desempeñar.
  • Edad: mayor de 16 años y menor de 25.
  • Debe estar comprometido a realizar la formación.
  • Disponer de las competencias tecnológicas básicas para poder realizar una formación online.
  • Acceso a internet.
  • Titulación mínima en función del nivel del certificado.

Requisitos para el Empresario

  • No tener deuda con Hacienda o la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionada la empresa.
  • Debe comprometerse a respetar el horario de trabajo efectivo y de formación